«Entre diciembre de 2016 y enero de 2017, se registraron 4.575 reemplazos en el Sistema de Salud»
Así lo informó en una entrevista el director de Recursos Humanos en Salud, licenciado Fabio Andina, quién expuso además que desde su área se trabaja de manera mancomunada con cada organismo del Siprosa, a fin de cumplimentar mensualmente las necesidades de reemplazos que se presentan por diversas índoles en cada sector del Sistema de Salud.
El licenciado explicó que cada organismo define de forma descentralizada quiénes pueden ser los reemplazantes antes de proponerlos en la Dirección de Recursos Humanos. Es decir, por ejemplo, que cada hospital tiene autonomía para elegir o definir cuáles son los reemplazos que necesita.
Andina finalizó la conversación destacando que esta forma de vinculación como personal reemplazante se encuentra prevista en el artículo 61 de la Ley de Carrera Sanitaria, la cual establece: ‘Cuando en ausencia del titular sea necesario realizar tareas de carácter imprescindible, podrá nombrarse personal reemplazante, siempre que aquellas no puedan ser realizadas por el personal existente. El reemplazante cesará automáticamente cuando el titular se reintegre a sus funciones, o cuando en caso de vacancia, el cargo sea provisto en titularidad’.